Noticia tomada de: https://bu.com.co/es/insights/noticias/ampliacion-de-la-vigencia-del-iamas

El 4 de agosto de 2022 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 1514, por medio del cual se modificó el Decreto 1880 de 2021. La modificación consistió en la ampliación de la vigencia del Instrumento Arancelario para el Mejoramiento Ambiental y de la Seguridad Vial (“IAMAS”).

El IAMAS es un instrumento que permite a aquellas empresas que hagan parte del Programa de Fomento para la Industria Automotriz (“PROFIA”) o al Régimen de Transformación y/o Ensamble, importar vehículos con una tarifa de 0% de arancel. Lo anterior, siempre que las importaciones pretendidas no superen el 10% de las unidades producidas por el solicitante, ni el 15% del valor FOB de su producción durante el año anterior. 

Este instrumento fue creado a través del Decreto 1880 de 20211 como mecanismo para ayudar la recuperación de las importaciones y exportaciones de la industria automotriz colombiana, que se vio fuertemente afectada como consecuencia de la pandemia. Con la expectativa de que este beneficio arancelario genere mayor competitividad en la industria automotriz, acelere la recuperación de ésta en el país, atraiga inversión para el sector y se modernice el parque automotor, el Gobierno solicitó al Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (el “Comité Triple A”) el otorgamiento de este beneficio. Por ello, el 17 de diciembre de 2020 el Comité Triple A recomendó la autorización de importación de los vehículos clasificados en las partidas y subpartidas arancelarias 870120, 8702, 8703, 8704, 8705 y 8706 con un arancel del 0%. Recomendación que luego fue avalada por el Consejo Superior de la Política Fiscal (“CONFIS”), quien emitió concepto favorable y estableció un límite fiscal máximo que la autoridad administradora podrá aprobar en el marco del IAMAS, el cual inicialmente fue de COP 76.687 millones de pesos para 2021 y de COP 82.642 millones de pesos para 2022. Con ello, se limitó el número de unidades que podrían ser importadas a Colombia sin pago de arancel. 

Ahora bien, teniendo en cuenta que el Decreto 1880 de 2021 fue expedido el 30 de diciembre de 2021, no logró beneficiar ensambladores nacionales. Lo anterior dado que las ensambladoras nacionales no lograron acceder al contingente de 6.246 unidades de vehículos para la vigencia 2021. De esta manera, el Comité Triple A recomendó modificar el Decreto 1880 de 2021, asignando un cupo de importación de unidades a 6.246 vehículos para el año 2023. Esta recomendación fue puesta en consideración del CONFIS que aprobó la solicitud del Comité Triple A y, con ello, autorizó un cupo de importación de unidades de vehículos sin pago de arancel equivalente a COP 77.680 millones. 

Con esto en mente, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1514 de 2022 que extendió la vigencia del mecanismo creado por el Decreto 1880 de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.  

Finalmente, en lo que respecta el ejercicio de este diferimiento arancelario, el importador autorizado deberá radicar las solicitudes de importación relacionadas al contingente IAMAS únicamente a través del diligenciamiento directo en el módulo de Vuce 2.02.


1 “Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se establecen contingentes arancelarios para la importación de automotores clasificados en las partidas y subpartidas arancelarias 870120, 8702, 8703, 8704, 9705 y 8706”. 

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